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Nota con ocasión del referéndum del próximo 18 de febrero sobre la reforma del Estatuto de Autonomía

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1. Los ciudadanos de Andalucía estamos convocados el próximo 18 de febrero a un referéndum para pronunciarnos sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de nuestra Comunidad. El nuevo texto sometido a votación tiene un amplio apoyo parlamentario. Esto es positivo, aunque el consenso no es el último criterio para valorar moralmente un cambio legal.

2. En orden a que los católicos y cuantos quieran prestar atención a la voz de la Iglesia, puedan emitir su voto con responsabilidad moral sobre el texto que se propone, los obispos de las diócesis andaluzas queremos recordar aquellos criterios que tanto nosotros como la Conferencia Episcopal Española hemos venido ofreciendo a la consideración pública, teniendo en cuenta la tradición doctrinal y moral de la Iglesia. La Iglesia afirma que “el fundamento y la razón de ser de la autoridad política, así como la justificación moral de su ejercicio, en el gobierno y en la oposición, es la defensa y la promoción del bien del conjunto de los ciudadanos (…) Ese servicio al bien común es el fundamento del valor y la excelencia de la vida política”[1].

3. La ordenación de la sociedad es tanto más democrática cuanto más y mejor se sirve del principio de subsidiariedad, excluyendo el intervencionismo de la Administración, sobre todo cuando ésta pretende controlar aspectos de la vida social que resultan del ejercicio de los derechos inalienables de la persona, de la familia y de las instituciones jurídicas que los amparan. El Papa no ha recordado recientemente que “conviene ponerse en guardia frente al riesgo de un ejercicio de la democracia que se transforme en dictadura del relativismo, proponiendo modelos antropológicos incompatibles con la naturaleza y la dignidad del hombre”[2].

4. Apreciamos con satisfacción que el Estatuto recoge ampliamente y desarrolla los derechos sociales de los ciudadanos, particularmente los que asisten a las personas discapacitadas o dependientes; a los jóvenes que se incorporan al trabajo; a los ancianos; y a las minorías sociales cuya identidad cultural e integración el Estatuto ampara.

5. Sin embargo, la regulación de los derechos y los deberes que se hace en el Título I del Estatuto sigue siendo preocupante. No es nuestro cometido pronunciarnos sobre la pertinencia jurídica de que estos derechos, que ya están regulados por la Constitución, formen parte de un Estatuto de Autonomía. Vemos, sin embargo, con inquietud cómo están redefinidos algunos de esos derechos, como los que se refieren a la protección íntegra de la vida humana y a la protección de la familia basada en el matrimonio verdadero.

5. En el nuevo texto persiste una regulación de los poderes públicos claramente intervencionista, que atribuye a la Administración pública una capacidad para controlar demasiados aspectos de la vida social, con un protagonismo que pone en riesgo el desarrollo democrático de la sociedad.

6. En particular, no podemos menos de hacer las observaciones siguientes:

– Algunos artículos pueden dar protección jurídica a graves ataques a la vida humana, que la ley debe tutelar y amparar desde el momento de su concepción y su fase inicial de desarrollo hasta su fin natural.

– El Estatuto hace concesiones a la “ideología de género” vigente, que propone una pretendida valoración neutra de la sexualidad humana de espaldas a los fundamentos antropológicos de la diferenciación de los sexos y de su complementariedad.

– El texto que se somete a consulta equipara los efectos jurídicos del matrimonio y de la familia fundada en el matrimonio, y de otro tipo de uniones. Esta equiparación inevitablemente acaba por debilitar y desestabilizar el matrimonio y la familia.

7. El Estatuto incluye en su articulado que la educación pública, definida como laica, “conforme al carecer aconfesional del Estado”, “tendrá en cuenta las creencias religiosas de la confesión católica y de las restantes confesiones existentes en la sociedad andaluza” (art. 21,2). No obstante, esta afirmación no es garantía suficiente que evite dar cobertura a políticas laicistas que no reconocen el valor social y la dimensión pública de la religión como derecho fundamental de la persona. La Constitución de 1978 habla claramente de una colaboración de los poderes públicos con la Iglesia Católica y con las demás confesiones religiosas.

8. La tutela efectiva de la libertad de la Iglesia Católica en Andalucía forma parte de la salvaguarda de la identidad histórica de nuestro pueblo, en el pasado y en el presente. Por eso, llama la atención que en el Preámbulo en el que se hace una reflexión sobre la identidad y la historia de Andalucía no se haga mención alguna a la cultura cristiana de la sociedad andaluza y española.

9. Por todo lo dicho, recordamos a los católicos andaluces la obligación moral en conciencia que tienen de tomar en consideración, a la hora de emitir su voto, los criterios morales que les permitan proceder con libertad de conciencia y responsabilidad moral. Las leyes reciben su legitimidad del respeto a los derechos fundamentales de la persona y de los grupos sociales, tal como son declarados y defendidos por la doctrina social de la Iglesia.

10. Al hacer estas observaciones, no dejamos de exhortar a los católicos, y a todos los ciudadanos, a la cooperación en la búsqueda del bien común, y de la solidaridad con todos los territorios y pueblos de España, que incluye en nuestro caso concreto una llamada encarecida a la reconciliación social entre todos los ciudadanos que sigue siendo necesario fomentar.

 

Córdoba, 23 de enero del año 2007



[1] Conferencia Episcopal Española. Instrucción Pastoral Orientaciones morales sobre la situación actual de España, 23 de noviembre del 2006, n. 57.

[2] Discurso ante el Cuerpo Diplomático acreditado en la Santa Sede, enero 2007.

NOTA DE LOS OBISPOS DE ANDALUCÍA CON OCASIÓN DEL REFERÉNDUM DEL PRÓXIMO 18 DE FEBRERO SOBRE LA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA

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1. Los ciudadanos de Andalucía estamos convocados el próximo 18 de febrero a un referéndum para pronunciarnos sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de nuestra Comunidad. El nuevo texto sometido a votación tiene un amplio apoyo parlamentario. Esto es positivo, aunque el consenso no es el último criterio para valorar moralmente un cambio legal.

2. En orden a que los católicos y cuantos quieran prestar atención a la voz de la Iglesia, puedan emitir su voto con responsabilidad moral sobre el texto que se propone, los obispos de las diócesis andaluzas queremos recordar aquellos criterios que tanto nosotros como la Conferencia Episcopal Española hemos venido ofreciendo a la consideración pública, teniendo en cuenta la tradición doctrinal y moral de la Iglesia. La Iglesia afirma que “el fundamento y la razón de ser de la autoridad política, así como la justificación moral de su ejercicio, en el gobierno y en la oposición, es la defensa y la promoción del bien del conjunto de los ciudadanos (…) Ese servicio al bien común es el fundamento del valor y la excelencia de la vida política” .

3. La ordenación de la sociedad es tanto más democrática cuanto más y mejor se sirve del principio de subsidiariedad, excluyendo el intervencionismo de la Administración, sobre todo cuando ésta pretende controlar aspectos de la vida social que resultan del ejercicio de los derechos inalienables de la persona, de la familia y de las instituciones jurídicas que los amparan. El Papa nos ha recordado recientemente que «conviene ponerse en guardia frente al riesgo de un ejercicio de la democracia que se transforme en dictadura del relativismo, proponiendo modelos antropológicos incompatibles con la naturaleza y la dignidad del hombre» .

4. Apreciamos con satisfacción que el Estatuto recoge ampliamente y desarrolla los derechos sociales de los ciudadanos, particularmente los que asisten a las personas discapacitadas o dependientes; a los jóvenes que se incorporan al trabajo; a los ancianos; y a las minorías sociales cuya identidad cultural e integración el Estatuto ampara.

5. Sin embargo, la regulación de los derechos y los deberes que se hace en el Título I del Estatuto sigue siendo preocupante. No es nuestro cometido pronunciarnos sobre la pertinencia jurídica de que estos derechos, que ya están regulados por la Constitución, formen parte de un Estatuto de Autonomía. Vemos, sin embargo, con inquietud cómo están redefinidos algunos de esos derechos, como los que se refieren a la protección íntegra de la vida humana y a la protección de la familia basada en el matrimonio verdadero.

5. En el nuevo texto persiste una regulación de los poderes públicos claramente intervencionista, que atribuye a la Administración pública una capacidad para controlar demasiados aspectos de la vida social, con un protagonismo que pone en riesgo el desarrollo democrático de la sociedad.

6. En particular, no podemos menos de hacer las observaciones siguientes:

 – Algunos artículos pueden dar protección jurídica a graves ataques a la vida humana, que la ley debe tutelar y amparar desde el momento de su concepción y su fase inicial de desarrollo hasta su fin natural.

– El Estatuto hace concesiones a la “ideología de género” vigente, que propone una pretendida valoración neutra de la sexualidad humana de espaldas a los fundamentos antropológicos de la diferenciación de los sexos y de su complementariedad.

– El texto que se somete a consulta equipara los efectos jurídicos del matrimonio, y de la familia fundada en el matrimonio, a otro tipo de uniones. Esta equiparación inevitablemente acaba por debilitar y desestabilizar el matrimonio y la familia.

7. El Estatuto incluye en su articulado que la educación pública, definida como laica, “conforme al carácter aconfesional del Estado”, “tendrá en cuenta las creencias religiosas de la confesión católica y de las restantes confesiones existentes en la sociedad andaluza” (art. 21, 2). No obstante, esta afirmación no es garantía suficiente que evite dar cobertura a políticas laicistas que no reconocen el valor social y la dimensión pública de la religión como derecho fundamental de la persona. La Constitución de 1978 habla claramente de una colaboración de los poderes públicos con la Iglesia Católica y con las demás confesiones religiosas.

8. La tutela efectiva de la libertad de la Iglesia Católica en Andalucía forma parte de la salvaguarda de la identidad histórica de nuestro pueblo, en el pasado y en el presente. Por eso, llama la atención que en el Preámbulo en el que se hace una reflexión sobre la identidad y la historia de Andalucía no se haga mención alguna a la cultura cristiana de la sociedad andaluza y española.

9. Por todo lo dicho, recordamos a los católicos andaluces la obligación moral en conciencia que tienen de tomar en consideración, a la hora de emitir su voto, los criterios morales que les permitan proceder con libertad de conciencia y responsabilidad moral. Las leyes reciben su legitimidad del respeto a los derechos fundamentales de la persona y de los grupos sociales, tal como son declarados y defendidos por la doctrina social de la Iglesia.

10. Al hacer estas observaciones, no dejamos de exhortar a los católicos, y a todos los ciudadanos, a la cooperación en la búsqueda del bien común, y de la solidaridad con todos los territorios y pueblos de España, que incluye en nuestro caso concreto una llamada encarecida a la reconciliación social entre todos los ciudadanos que sigue siendo necesario fomentar.

Córdoba, 23 de enero del año 2007

FIRMA DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CARITAS CÁDIZ Y LAS HIJAS DE LA CARIDAD

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El pasado cuatro de enero, tuvo lugar en la sede de los Servicios Generales de Cáritas Diocesana de Cádiz la firma de un convenio de colaboración entre las Hijas de la Caridad y Cáritas Diocesana para la puesta en marcha y gestión de un Centro de Día para personas sin hogar. El convenio ha sido firmado por Sor Antonia Toledano, Superiora de la Comunidad Hijas de la Caridad del Colegio Pío XII – San Martín de Cádiz y por Francisco Herrera Lozano, Delegado Episcopal y Director de Cáritas Diocesana.

 

El convenio firmado tiene como objetivo establecer la relación entre las dos instituciones para llevar a cabo la puesta en marcha y posterior desarrollo de un Centro de Día en la ciudad de Cádiz para personas sin hogar. El Centro de Día estará ubicado en un local de 228 metros cuadrados de la planta baja del Colegio Pío XII – San Martín junto a la Plaza de la Catedral de Cádiz cedido por la Comunidad de las Hijas de la Caridad del Colegio Pío XII.

 

Tanto las Hijas de la Caridad como Cáritas Diocesana, conscientes de la situación de pobreza y exclusión en que se encuentran las personas sin hogar, creen, tras estudiar la red asistencial que existe actualmente para estas personas, que un centro de día viene a cubrir una etapa más en el proceso de atención e integración social que las personas sin hogar requieren.

 

El centro, que tiene previsto abrir sus puertas en el mes de marzo, se encuentra actualmente en obras para su adecuación y equipamiento y, una vez esté en funcionamiento, pondrá en marcha talleres y actividades destinadas a acoger y acompañar a personas sin hogar que hayan decidido iniciar un camino de recuperación personal que le haga dejar su situación de sinhogarismo.

 

Este centro se integra en la red de recursos que para personas sin hogar existe en la ciudad de Cádiz y en resto del territorio diocesano. En la mayoría de los casos los servicios son de Cáritas o de las Hijas de la Caridad, como el Comedor Social “Virgen Poderosa” de Cádiz o los Servicios de Acogida e Información para personas sin hogar repartidos por la Diócesis.

PREMIO A FRAY RAFAEL POZO BASCÓN

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Los Capuchinos de Andalucía están de enhorabuena. La Junta de Andalucía ha reconocido la labor social desarrollada por Fray Rafael Pozo Bascón otorgándole el Premio Andaluz de Buenas Prácticas en la atención a personas con discapacidad’ de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en la modalidad de ‘Aceptación de las Diferencias’.

 

Con este reconocimiento, la Administración andaluza alaba la obra social promovida por este religioso a través de la Asociación Paz y Bien, nacida en 1979, cuyo fin es la atención a perso­nas con discapacidad intelectual, jóvenes desempleados y menores en situación de desampa­ro, priorizando al más débil y aquellos que apenas tienen recursos. No podemos olvidar que Fray Rafael fue antes a Guatemala, de misionero, e impulsó allí numerosas obras sociales. A su vuel­ta, este religioso se hizo cargo de la dirección de una revista religiosa, ‘El Adalid Seráfico’.

 

Lo cierto es que, durante toda su trayectoria social y religiosa, Fray Rafael Pozo ha impregna­do a toda la entidad y a todos los participantes (en la actualidad, unas mil personas entre traba­jadores y beneficiarios) de una escuela de valores humanos. Sin duda alguna, es un líder que transmite optimismo, acción, alegría, cariño, esperanza…

Hoy por hoy, Paz y Bien cuenta con más de 40 centros distribuidos por unidades de día, cen­tros ocupacionales, residencias, empresas de inserción, viviendas tuteladas, programas de apoyo… Pero por encima de todas estas estructuras y servicios, Fray Rafael ha sabido trans­mitir una filosofía basada en el acompañamiento y respeto a la persona, creando un equipo humano basado en la profesionalidad y en el compromiso social.

REUNIÓN DE PASTORAL FAMILIAR DIOCESANA DE CANARIAS

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La reunión conjunta de la Comisión Permanente y de la Coordinadora General de este Secretariado Diocesano de Pastoral Matrimonial y Familiar. Se celebrará el jueves día 23 de noviembre de 2006 a las 20,00 horas en La Casa de la Iglesia, C/. López Botas, 8 (Vegueta).

 

En la misma se presentará el proyecto de creación de Grupos de Pastoral Familiar Parroquiales. También se presentará el primer tema para los Centros de Preparación Inmediata al Matrimonio y todo esto con el objetivo diocesano «La Transmisión de la Fe».

 

A esta reunión pueden asistir todos lo que pertenecen a un grupo de matrimonio, los representantes de parroquias y arciprestazgos, Los sacerdotes que llevan Prematrimoniales y los que están interesados en iniciar un grupo de Pastoral Familiar en su parroquia así como todos los agentes de pastoral que trabajan en Centros de Preparación Inmediata al Matrimonio.

Acerca del proyecto de ley que regula la investigación en reprogramación celular con finalidad exclusivamente terapéutica

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En el transcurso de nuestra CVI Asamblea Ordinaria, los Obispos de las Diócesis de Andalucía hemos dedicado especial atención al Proyecto de Ley que regula la investigación en reprogamación celular con finalidad exclusivamente terapéutica, aprobado por el Consejo de la Junta de Andalucía el día 12 del pasado mes de septiembre.

Al concluir nuestra reunión, consideramos necesario recordar algunos principios fundamentales que tutelan el derecho a la vida de toda persona, desde su concepción hasta su muerte natural, y el deber que incumbe a todos de promover leyes justas.

Una vez más, reiteramos la necesidad de la investigación científica a favor de la humanidad. Al mismo tiempo, señalamos los problemas éticos que plantea este proyecto de ley, e insistimos en la necesidad de seguir caminos de investigación que no atenten contra los derechos inalienables de la persona.

1. Alentar la investigación científica que abra caminos terapéuticos para el bien de la persona es un gran beneficio para la humanidad. Pero en cada investigación e inversión que se realice con el fin de conservar y mejorar la calidad de vida de los seres humanos, debe regir el respeto a su inviolable dignidad, a sus derechos inalienables y, sobre todo, el derecho a la vida.

2. El término “reprogramación celular por transformación nuclear” es un término amplio, pues hace referencia a posibles técnicas de producción de células madres. No todas las posibles técnicas son en principio rechazables. Sin embargo, en el proyecto de Ley es usado para abrir la puerta a la llamada “clonación terapéutica”, es decir, producir seres humanos clónicos a los que, además, no se les dejará nacer, sino que se les quitará la vida utilizándolos como material de ensayo científico a la búsqueda de posibles y poco probables terapias futuras. También el término “pre-embrión somático” es ambiguo y carece de base científica, ya que con él se quiere significar que no nos encontramos ante un ser humano en su fase embrionaria, sino en algo previo que no merece respeto ni se le reconoce dignidad.

3. La clonación “terapéutica” es un atentado a la dignidad, pues subordina el ser humano clonado al enfermo. Alimenta la idea de que es lícito que algunos hombres tengan un dominio total sobre otros, hasta el punto de determinar su identidad biológica. Emula el acto creador para llamar a la existencia a una persona, que ha de ser destruida y usada como residuo biológico para la extracción de algunas células madre. Ante esto, tenemos que recordar que ningún ser humano puede ser instrumentalizado o utilizado para lograr el bien de otro.

4. Recurrir a la finalidad terapéutica es inadecuado e induce a una confusión de la opinión pública. Efectivamente, una técnica es terapéutica cuando trata de curar al paciente sobre el cual la técnica es aplicada. En este caso es evidente que la técnica no produce un efecto terapéutico sobre el embrión clonado, sino que, al contrario, el embrión obtenido será destruido para la obtención de células troncales, que podrán aplicarse a un tercero. Igualmente fraudulento es presentar la clonación como una técnica capaz de obtener actualmente resultados beneficiosos para enfermedades incurables.

5. Otro grave problema planteado es la utilización de óvulos humanos para la investigación, ya que su obtención implica un grave riesgo para la donante, que pasa por un tratamiento hormonal con posibles consecuencias para su salud y una mínima intervención para extraerlos. La dignidad de la mujer se ve amenazada al quedar ésta subyugada y sometida al imperio de la técnica con fines ajenos a ella misma.

6. Ante los problemas éticos que plantea el proyecto de ley, nos sentimos en el deber de manifestar nuestra preocupación y rechazo. Al mismo tiempo, manifestamos la necesidad de regular la ciencia al servicio del ser humano. Propugnamos una legislación que impida poner en manos de la ciencia el uso de seres humanos en atención a intereses reproductivos, terapéuticos o comerciales. Estimulamos la investigación con células madre de adulto y el empleo de los fondos públicos para proyectos que no planteen dudas éticas y no abran la puerta a la desigualdad y a la injusticia.

 

Córdoba, 17 de octubre de 2006

PROGRAMACIÓN DE JUNIO 2006

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Día 3: «Unos por otros y Dios por todos». Las Hermandades del Trabajo.

 

Día 10: «¿Creo cuando creo?» Actitudes necesarias para la fe.

 

Día 17: «Poner vida en las vidas». Fiesta del Corpus.

 

Día 24: «Juan el Bautista, nuestro contemporaneo».

MONS. ECHARREN EVOLUCIONA FAVORABLEMENTE

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Se encuentra en buen estado y sigue hospitalizado.

D. Ramón Echarren, Obispo Emérito de la Diócesis de Canarias, fue intervenido quirúrgicamente en el Hospital Insular de Las Palmas de Gran Canaria el pasado jueves 25 de mayo. A lo largo del viernes y, cumplidos los protocolos médicos establecidos para estos casos, pasó a planta donde se encuentra en buenas condiciones físicas. D. Ramón fue ingresado el pasado 18 de mayo para ser sometido a unas pruebas; desde entonces permanece ingresado en el Hospital Insular de Las Palmas de Gran Canaria.

D. Ramón agradece las numerosas muestras de cariño y cercanía por parte de muchas personas y sectores de la sociedad canaria donde es muy querido y recordado.

NOTA APPRECE ANDALUCÍA

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Sábado. 27 / 05 /2006. – A continuación, y dada su importancia, reproducimos una nota de APPRECE Andalucía en la que se refieren a la Nota de APPRECE Jaén aparecida ayer y que se puede leer más abajo.

OBSERVACIÓN.

 Esta nota cuenta con el apoyo total y la solidaridad de la Junta Directiva de APPRECE ANDALUCÍA. El contenido de esta NOTA, una vez conocido públicamente que la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz DESMIENTE que haya intervenido en ningún momento, porque NINGÚN padre se ha dirigido solicitando la retirada de los crucifijos, adquiere mayor acierto, máxime cuando el Consejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía, Sr. Zarrías, ha involucrado públicamente al Defensor del Pueblo Andaluz para justificar la medida y afirmar que se aplica la ley a todos, SIN CITAR a qué ley se refiere.

APPRECE ANDALUCÍA está preparando otras acciones contra el Director del Colegio de Baeza y contra las declaraciones del Consejero de la Presidencia, el jiennense Zarrías, Secretario Provincial del PSOE de Jaén.

Rafael Martín Gómez. Presidente de APPRECE ANDALUCÍA Vicepresidente 1º de la UNIÓN APPRECE ESPAÑA y Responsable de Medios de Información y Comunicación

NOTA DE LA DELEGACIÓN EN JAÉN DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE PROFESORES DE RELIGIÓN EN CENTROS ESTATALES DE ANDALUCÍA (APPRECE-A-JAÉN)

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NOTA DE LA DELEGACIÓN EN JAÉN DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE PROFESORES DE RELIGIÓN EN CENTROS ESTATALES DE ANDALUCÍA. (APPRECE-A-JAÉN). Conocida ya públicamente la resolución administrativa del Director del Centro Público de Educación Infantil y Primaria “San Juan de la Cruz” de Baeza ( Jaén) de fecha 12 de mayo de 2006, expresamos: 1º Nuestro estupor e indignación por unas instrucciones, cuya única base es una determinada ideología, no la normativa legal vigente en que deba basarse todo acto administrativo, porque no existe ninguna norma que pueda obligar a que un claustro retire de las aulas ordinarias los crucifijos y demás simbología religiosa confesional. 2º. La repulsa más absoluta por las amenazas de incoación de Expedientes Disciplinarios a todo el claustro de profesores, si no cumple su improcedente resolución, que obvia el Estado de Derecho y la garantía de las Libertades, incluidas la de los católicos, que son mayoría en los centros escolares. 3º. La actuación del Director del centro la consideramos impropia de estos tiempos. Por el contrario, exigimos la colaboración constructiva contemplada en nuestra Constitución, que olvide la persecución a la Iglesia Católica, que en tantos ámbitos y en el educativo especialmente presta un servicio a las comunidades escolares, garantizando el legítimo derecho de padres y niños a una educación acorde con sus convicciones religiosas y morales, abalado en abundante jurisprudencia y Tratados Internacionales. 4º No compartimos ni la forma ni el contenido de esa resolución, que no cita normativa legal alguna, que justifique las medidas adoptadas, porque no existe, aunque si implica anónimamente a la Inspección educativa como indicadora de la misma. Si la inspección tiene entre sus competencias velar por el cumplimiento de la norma, que la cite claramente y el Director debe saber que el desconocimiento de la Ley, no le exime de su cumplimiento, por lo que si no rectifica puede verse acusado de haber cometido un delito penal. 5º. Pedimos que la Administración educativa Provincial de Jaén estudie el cese en sus funciones del Director del CEIP “ San Juan de la Cruz” de Baeza, como responsable de una resolución, para la que no tiene competencias, y que además, es contraria a derecho Manuel González Montiel Delegado de APPRECE-A- Jaén.

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