La Diócesis cuenta con tres nuevos Diáconos

Diócesis de Almería
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La diócesis de Almería es una sede episcopal sufragánea de la archidiócesis de Granada, en España. Su sede es la Catedral de la Encarnación de Almería.

El domingo pasado, festividad de la Divina Misericordia, monseñor Adolfo González Montes, Obispo de Almería, confirió el sagrado orden del Diaconado a Alberto Alejandro Murillo Bajaña, Hernán Darío Cano Henao y a Juan José Membrives Carreño.

Desde la edad apostólica, la Iglesia católica tuvo en gran veneración el sagrado Orden del Diaconado, como lo demuestra el mismo San Pablo, quien expresamente saluda, además de los obispos, a los diáconos y enseña a Timoteo las virtudes y méritos indispensables para que sean considerados dignos de su ministerio.

Además, el Concilio Ecuménico Vaticano II, en consideración a tan antiquísima tradición, dio testimonio de honor al diaconado en la Constitución que toma su principio de las palabras «Lumen gentium» allí donde, tras ocuparse de los obispos y sacerdotes, hizo el elogio igualmente del tercer Orden sagrado, poniendo de manifiesto su dignidad y enumerando sus funciones.

Según prescribe la citada Constitución del Concilio Vaticano II, corresponde al diácono, en el caso de que el ordinario del lugar le haya confiado el desempeño de tales funciones, asistir durante las funciones litúrgicas al obispo y presbítero en todo lo que le compete, según las normas de los diferentes libros rituales; administrar solemnemente el bautismo a los niños y adultos, y suplir las ceremonias omitidas eventualmente cuando se confiere; conservar la Eucaristía, distribuirla a sí y a los demás, llevarla como viático a los moribundos e impartir al pueblo con la sagrada píxide la bendición llamada Eucarística; asistir a los matrimonios y bendecirlos en nombre de la Iglesia, por delegación del obispo o del párroco, en caso de faltar el sacerdote, respetando todo lo establecido en el Código de Derecho Canónico y quedando en pie el canon 1098, cuyas prescripciones, en lo tocante al sacerdote, deben entenderse también del diácono; administrar sacramentales, presidir los ritos fúnebres y sepulcrales; leer a los fieles los divinos libros de la Escritura e instruir y animar al pueblo; presidir los oficios del culto y las oraciones donde no esté presente e1 sacerdote; dirigir la celebración de la palabra de Dios, sobre todo cuando falte el sacerdote; cumplir perfectamente, en nombre de la jerarquía, las obligaciones de caridad y administración, así como las obras de asistencia social; guiar legítimamente, en nombre del párroco o del obispo, las comunidades cristianas dispersas; y fienalmente, promover y sostener las actividades apostólicas de los laicos.

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