El obispo auxiliar de Sevilla, monseñor Teodoro León, ha enviado una circular a las parroquias y otros templos de la Archidiócesis sobre el destino de la colecta mensual de Cáritas Diocesana. Reproducimos a continuación el texto íntegro de la misma.
Cáritas Diocesana de Sevilla es el organismo oficial de la Iglesia de Sevilla para promover, potenciar y coordinar el ejercicio de la caridad en la archidiócesis. Erigida canónicamente en 1955, realiza su misión formando las conciencias a la luz de la moral católica, ejerciendo la denuncia profética frente a las situaciones de injusticia, fomentando la práctica de las obras de misericordia y la comunicación cristiana de bienes frente a las situaciones de necesidad y desigualdad, y ayudando a la promoción humana y al desarrollo integral de las personas.
Habiendo tenido noticias de que en algunas parroquias y en otros templos de Hermandades y de Religiosos, que realizan la colecta mensual de Cáritas Diocesana, no destinan la colecta conforme a lo establecido, se recuerda la normativa particular de la archidiócesis de Sevilla en esta materia:
1.- Las colectas del primer domingo de cada mes serán destinadas a Cáritas Diocesana. Los templos no parroquiales deben enviar el cincuenta por ciento a Cáritas Diocesana, y el otro cincuenta por ciento será entregado a Cáritas parroquial de la parroquia en cuya circunscripción se encuentra ubicado el templo. Por lo tanto, el importe íntegro de las colectas se destinará a Cáritas, sin que puedan ser utilizados para financiar otras actividades, incluyendo las bolsas de caridad de Hermandades y Cofradías, obras socio-caritativas de Órdenes o Congregaciones religiosas, etc. (cf. Decreto sobre las colectas de la Diócesis de Sevilla, Boletín Oficial del Arzobispado de Sevilla, marzo 1985, n. 2, pág. 90).
2.- La Cáritas parroquial ha de contribuir a los recursos de Cáritas Diocesana con la aportación del cincuenta por ciento de las colectas destinadas a Cáritas y del cincuenta por ciento de las cuotas de socios que perciba, pudiendo realizar otras aportaciones voluntarias a Cáritas Diocesana si lo estima conveniente (cf. Normativa de Cáritas en los niveles parroquial, arciprestal y de vicaría, Art. 11, Boletín Oficial del Arzobispado de Sevilla, agosto-septiembre 2009, pág. 460).
La Iglesia, consciente de que la caridad es el don de Dios por excelencia en Cristo Jesús, anuncia el Evangelio no sólo con la palabra de la predicación, sino también con la comunión fraterna y con las obras buenas de todos sus fieles; ya que éstas son motivo de que los hombres rindan gloria a Dios (Cf. Mt 5,16).
Os saludo con vivos sentimientos de fraternidad.
+ Teodoro León Muñoz
Obispo Auxiliar de Sevilla
Sevilla, 30 de octubre de 2024
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