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El Misal expone, en su número 99, las tareas para las que se instituye un lector, que no son únicamente leer las lecturas: “El lector es instituido para proclamar las lecturas de la Sagrada Escritura, excepto el Evangelio. Puede también proponer las intenciones de la oración universal, y, a falta de salmista, proclamar el salmo responsorial”.