JESÚS E. CATALÁ IBÁÑEZ
por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica
OBISPO DE MÁLAGA
Las modificaciones urbanísticas, nuevas edificaciones y desplazamiento de población aconsejaron el Decreto episcopal de 5 de julio de 1971 por el que se erigieron las parroquias de Nuestra Señora de la Encarnación, Natividad del Señor y El Salvador, desmembradas de la de San Ignacio de Loyola.
Los cambios sociales y demográficos operados en la zona desde entonces, así como los que previsiblemente se producirán en el futuro inmediato, aconsejan hoy la supresión de las Parroquias de Nuestra Señora de la Encarnación y San Ignacio.
En su virtud, considerando que se dan causas suficientes para la supresión de las mencionadas parroquias; resultando que se han cumplido todos los requisitos establecidos en el Código de Derecho Canónico; habiendo oído a los sacerdotes del arciprestazgo de San Patricio, y con el parecer favorable de su Arcipreste, así como el del Sr. Párroco de Nuestra Señora de la Encarnación y San Ignacio; con el voto también favorable del Consejo Presbiteral, emitido en la sesión de 23 de junio de 2022 y el del Consejo Episcopal; en uso de nuestra potestad ordinaria y, a tenor de lo dispuesto en el canon 515,2 del Código de Derecho Canónico, por las presentes
DECRETO
1. La supresión de las parroquias de Nuestra Señora de la Encarnación y San Ignacio de Loyola de Málaga.
2. Adscribir el territorio de la extinta circunscripción parroquial de Nuestra Señora de la Encarnación, a la parroquia de San Patricio; y la de San Ignacio de Loyola, a la Natividad del Señor de Málaga. De tal manera, los nuevos límites de la parroquia de San Patricio serán en lo sucesivo: por el norte, calle Héroe de Sostoa; por el este, calles Graus y Mendoza; por el sur, el litoral marítimo; y por el oeste, calle Frigiliana (números impares). Respecto a la parroquia de la Natividad del Señor, sus nuevos límites serán: por el norte, avenida de Velázquez; por el este, calle Frigiliana (números pares); por el sur, el litoral marítimo; y por el oeste, avenida de los Guindos.
3. Las parroquias de San Patricio y la Natividad del Señor hacen suyos los archivos, bienes y derechos patrimoniales propios de las respectivas parroquias suprimidas, y asumen las cargas que pesaban sobre las mismas; pero deben quedar a salvo, sobre todo en cuanto al destino de los bienes y al cumplimiento de las cargas, la voluntad de los fundadores y donantes, y los derechos adquiridos.
4. La iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación, ubicada en el inmueble de las Escuelas del Ave María, permanecerá en lo sucesivo como capilla del colegio; respecto a la iglesia de San Ignacio, que queda sin culto, se proveerá a su pertinente desacralización, conforme a Derecho.
Dado en Málaga, a 24 de junio de 2022.