El documento prevé temas como las elecciones de representantes legales y las convocatorias y desarrollo de las asambleas.
El obispo de la Diócesis de Cartagena, Mons. José Manuel Lorca Planes, ha promulgado un decreto general que establece ciertas medidas de actuación en el funcionamiento de las hermandades y cofradías de la Iglesia diocesana. Concretamente en lo referido a los plazos estatutarios previstos para la elección de presidente, hermano mayor o representante legal, así como la vigencia de los mandatos.
En el mismo documento también se explica cómo se deberán convocar y desarrollar las asambleas de elecciones, generales ordinarias y extraordinarias.
El decreto recuerda que es necesario «respetar, en el transcurso de las sesiones que se convoquen, las disposiciones sobre aforo, desinfección, prevención, acondicionamiento y cuantas otras sean establecidas».
Decreto del obispo de Cartagena
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