Líneas de acción para la pastoral educativa aprobadas por los Obispos del Sur de España

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Oficina de información de los Obispos del Sur de España

1. EDUCACIÓN CRISTIANA
    1.1. Facilitar el progreso y el desarrollo de los "proyectos educativos" que se definen por su referencia explícita al Evangelio de Jesucristo, como un servicio leal a las familias y a nuestra sociedad y como un derecho de cuantos libremente lo eligen.
    1.2. Favorecer las iniciativas en curso para que la "escuela de la Comunidad Cristiana", como lugar de evangelización e institución eclesial, sea signo del Evangelio al servicio de todos, cauce del progreso humano en justicia, verdad y libertad y medio para la edificación de la Iglesia.

2. ENSEÑANZA RELIGIOSA ESCOLAR
    2.1. Desarrollar las líneas pastorales asumidas en el documento colectivo Las Iglesias diocesanas en Andalucía, relativas a los "dos grandes campos de atención y dedicación para los educadores de la fe. El primero, por prelación y amplitud, las comunidades de Iglesia: las parroquias principalmente y centros docentes con proyecto educativo explícitamente cristiano. El segundo, el mundo de la escuela en general, donde se imparte la formación religiosa, dentro del marco, constitucional y concordado, de la libertad religiosa" (n.55).
    2.2. Proseguir el diálogo y el estudio entre los sacerdotes, religiosos, padres y educadores, para lograr una verdadera comprensión y estima del significado y de la importancia de la enseñanza religiosa escolar a la luz de la doctrina de la Iglesia y de las orientaciones del episcopado. Entre otras cosas, hay que destacar la dimensión educativa y no meramente informativa de dicha enseñanza, de acuerdo con los fines de la escuela.
    2.3. Adoptar las medidas necesarias para garantizar a cuantos solicitan la enseñanza religiosa escolar el servicio de calidad al que tienen derecho. Urge prevenir el posible desencanto de los padres y alumnos que solicitan responsablemente esta enseñanza y, fundamentalmente, ser fieles a la seria responsabilidad que entraña la oferta del mensaje cristiano en el marco escolar.
    2.4. Para mejorar la calidad de la enseñanza religiosa se propone:
– conocimiento directo del desarrollo real de la enseñanza religiosa;
– formación permanente del profesorado:
● Desarrollo de cursillos en sus diversas modalidades.
● Promoción de equipos diocesanos o interdiocesanos de monitores;
– una atención preferente al trabajo académico y pastoral en las escuelas universitarias del profesorado de EGB;
– la organización de los departamentos y seminarios de enseñanza religiosa en los centros;
– la información y orientación sobre los catecismos y libros de texto existentes. Valoración y utilización de estos instrumentos.
3. SERVICIO PASTORAL A LA ESCUELA
    3.1. Promover acciones pastorales en el ámbito escolar (actividades complementarias de carácter formativo y de asistencia religiosa) con ocasión de la pastoral de la iniciación cristiana, los principales tiempos litúrgicos, las jornadas nacionales de Iglesia y otras posibilidades de pastoral juvenil.

4. RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD CRISTIANA
    4.1. Orientar las conciencias y las acciones pastorales de manera que los sacerdotes, religiosos y seglares asumen un papel activo y responsable para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de la enseñanza religiosa escolar:
– Es urgente lograr una nueva actitud positiva y corresponsable ante la formación religiosa escolar, como dimensión integrante de la acción pastoral  y de la misión de la Iglesia.
– Es necesaria una mayor sensibilidad y aprecio hacia cuanto significa la educación y la cultura en la vida de los hombres y de la sociedad, educación y cultura no son realidades ajenas a la misión de la Iglesia.
– El efectivo ejercicio de la enseñanza religiosa escolar interpela la conciencia de los obispos, sacerdotes, religiosos y religiosas, padres de alumnos y educadores cristianos.
– La enseñanza religiosa y la catequesis son dos acciones complementarias que no se excluyen ni se suplen. Establecer una alternativa en esta materia es un falso dilema.
– La formación pastoral y apostólica de los candidatos al sacerdocio, de los religiosos y seglares supone necesariamente una adecuada preparación en materia pastoral educativa, a la luz de la doctrina de la Iglesia.

5. PADRES DE ALUMNOS
    5.1. Orientar a los padres en los momentos en que deben decidir su opción a favor de la enseñanza religiosa, al inscribir a sus hijos en los centros. Las diócesis prestarán especial atención a este tema el próximo día 1 de junio.
    5.2. La petición de la enseñanza religiosa escolar para los hijos exige una positiva colaboración con el profesorado de religión y la dotación a los alumnos de los instrumentos necesarios para el estudio y formación. Los padres han de ser conscientes de la necesidad de seguir de cerca el proceso educativo de sus hijos y de dotarlos del imprescindible libro de texto de religión.
    5.3. Los padres cristianos han de participar en la vida de la escuela, desde su propia condición, con su presencia en las Asociaciones de Padres de Alumnos y órganos colegiados del centro, aportando los valores del Evangelio. Cumplirán mejor su deber de “primeros y obligados educadores” si se integran en grupos de matrimonios cristianos. Urge la promoción de una pastoral matrimonial y familiar en las parroquias.

6. PROFESORADO DE RELIGIÓN
    6.1. Los profesores de religión de los diversos niveles educativos son una porción cualificada del Pueblo de Dios en el desempeño de su función educadora, ya en virtud del sacerdocio común de los fieles o de su especial consagración y dedicación  a la oferta del mensaje cristiano a los alumnos.
    Hay que promover entre sacerdotes, religiosos y seglares el reconocimiento y apoyo efectivo a este profesorado y a su labor. Los obispos y los párrocos visitarán y tratarán personalmente a estos profesores.
    6.2. Las parroquias, los responsables de zona y delegados diocesanos han de disponer en el mes de septiembre de una lista de personas que puedan asumir, en caso necesario, la enseñanza diocesana religiosa escolar.

7. LOS EDUCADORES CRISTIANOS
    7.1. Hay que promover ámbitos de encuentro, estudio y diálogo para los educadores cristianos, profesores de diversas materias y niveles, a fin de ponen en común su fe, actualizar su formación y compartir sus experiencias. Urge la elaboración de material adecuado.
    7.2. Las parroquias, las asociaciones seglares y los organismos pastorales de la diócesis prestarán una atención singular a los alumnos de la Escuela Universitaria del Profesorado.

8. PASTORAL UNIVERSITARIA
    8.1. Dedicar una sesión de trabajo de los obispos del Sur al estudio de la pastoral universitaria.

9. COORDINACIÓN PASTORAL
9.1. El servicio de la Iglesia a la educación forma parte de la acción pastoral de las parroquias y arciprestazgos. El bien de los alumnos reclama una conjunción de esfuerzos para que cuantos integran la comunidad educativa (padres, alumnos y educadores) reciban una atención coherente y eficaz.
    9.2. Es necesario promover iniciativas que desarrollen, en la práctica, el principio de la complementariedad entre la enseñanza religiosa y la catequesis.
    9.3. Dotar a cada arciprestazgo o zona de un responsable de la pastoral educativa, para orientar, animar y coordinar a cuantos se ocupan de la educación cristiana.
    9.4. Intensificar las relaciones de los delegados diocesanos y responsables de zona con los Servicios de Inspección Técnica del Ministerio de educación y con los directores de los centros.
    9.5. Procurar una progresiva distribución de responsabilidades y funciones en la pastoral educativa a nivel diocesano o zonal. Hacer que el organigrama de la Delegación diocesana, estudiado en las reuniones del presente curso, cobre vida dedicando las personas necesarias.
    9.6. Mantener un sistema de colaboración y coordinación entre las Delegaciones diocesanas de enseñanza del sur de España, con la ayuda permanente de un obispo.

Córdoba, 12-13 de mayo de 1980.

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