El Obispo se reúne con la Comisión para la celebración del VIII centenario de la devoción a Santa Marta en Martos

Diócesis de Jaén
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La diócesis de Jaén es una iglesia particular española sufragánea de la archidiócesis de Granada. Sus sedes son la Catedral de la Asunción de Jaén y Catedral de la Natividad de Nuestra Señora de Baeza.

La ciudad de Martos celebra el próximo año 2019 la conmemoración del VIII Centenario de su Reconquista por parte del rey Fernando III de Castilla, que tuvo lugar el 29 de julio del año de 1219, festividad de Santa Marta.

En la recién reconquistada plaza se dedicó su Mezquita Mayor a la Santa de Betania, creándose así la primera parroquia de la localidad de este nuevo período histórico y encomendando como abogada y protectora de su ciudadanía a Santa Marta. Se reconoce su patronazgo y la fundación de la cofradía desde tiempo inmemorial, extendiéndose a lo largo de los siglos una profunda devoción, bien arraigada en el corazón y la vida del pueblo marteño, como se manifiesta en las más diversas expresiones.
Para conmemorar tal efeméride, en el contexto del Año de la Evangelización, dentro de la Misión Diocesana, y con un amplio programa de actividades litúrgicas, pastorales, misioneras, culturales, se ha solicitado la concesión de un año jubilar. Para ello, el pasado martes, 28 de noviembre, se mantuvo una reunión en el Obispado de Jaén, con el Obispo, Don Amadeo Rodríguez Magro en la que estuvieron presentes el Vicario General y el Secretario Canciller junto a una representación de la Comisión para la celebración del VIII Centenario de la Real Parroquia de Santa Marta de Martos junto a su párroco, D. Carlos Moreno.
Con ocasión de este Centenario, se pretende que los feligreses, no sólo de dicha parroquia, sino de toda la ciudad de Martos, así como del arciprestazgo y del resto de la Diócesis que deseen peregrinar hasta el templo jubilar, profundicen en su fe, consiguiendo una mayor formación y un acercamiento a los sacramentos, especialmente al de la Reconciliación y a la Eucaristía, de modo que los fieles puedan lucrarse para sí mismos o para sus difuntos de las Indulgencias propias del Año Jubilar, cumpliendo las condiciones necesarias.

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