Medidas de prevención de abusos a menores y equiparables legalmente

Archidiócesis de Sevilla
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Sede metropolitana de la Iglesia Católica en España, y preside la provincia eclesiástica de Sevilla, con seis diócesis sufragáneas.

Medidas de prevención de abusos a menores y equiparables legalmente

El portal para Dar Luz, de la Conferencia Episcopal Española (CEE), desde noviembre del 2022 ha puesto a disposición de las diócesis el Protocolo marco para la prevención y actuación en caso de abusos a menores.

En la introducción del documento, el Servicio de Protección de Menores de la Conferencia Episcopal Española destaca que “todo protocolo es un instrumento vivo, que hay que adaptar una y otra vez a la realidad y que exige el compromiso de todos en el mismo”,

En el caso de este protocolo “se ofrecen las líneas básicas para su realización o que, sin más, se pueda utilizar, como una guía práctica. Sin embargo, su verdadero motor es que éste sea versátil, adaptable y se vaya ampliando con la realidad y la configuración de cada institución, sea diocesana o de vida religiosa”.

En este sentido, como medidas de prevención “con la finalidad de generar las condiciones adecuadas para prevenir el abuso se trabajará para garantizar el mejor cumplimiento de las siguientes instrucciones o recomendaciones:  selección de personas implicadas en la actividad pastoral y en la docencia, así como en otras actividades organizadas por la propia Archidiócesis.

Son obligatorios:

Todas las personas implicadas en la acción pastoral de la Iglesia deberán presentarlos y estar dispuestas a recibir la necesaria formación permanente sobre prevención y educación sexual.

Código de buenas prácticas

En relación al código de buenas prácticas, subrayan que como base de la convivencia dentro de las instituciones diocesanas y/o religiosas y en coherencia con el principio de respeto a las personas se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Las muestras físicas de afecto han de ser comedidas y respetuosas y nunca han de ser, ni parecer desproporcionadas.
  • Se respetará la integridad física del menor, de manera que, se le permita rechazar activamente las muestras de afecto, aunque, estas sean bienintencionadas.
  • Se evitará estar a solas con menores en despachos, sacristías, salas de catequesis, procurando siempre que las puertas estén abiertas, facilitando la escucha y visión a otros.
  • Si se ha de examinar a un menor enfermo o herido, siempre se hará en presencia de otro adulto.
  • Las comunicaciones privadas con menores se realizarán en entornos visibles y accesibles para los demás; se recomienda que las puertas sean acristaladas en los despachos, tanto de sacerdotes, como de directores, profesores, formadores y animadores de grupos de niños y adolescentes.
  • Las puertas permanecerán abiertas mientras permanezca en el interior de una estancia un menor; siendo coherentes con la política de “puertas abiertas”, también se pueden buscar espacios abiertos facilitando la presencia de otras personas.
  • Si se da una situación inusual en la que se quede a solas con un menor o se haya tenido un contacto físico relevante por razones sanitarias o disciplinarias, se informará a los padres.
  • Están prohibidos los juegos, bromas o castigos que puedan ser violentos o tener una connotación sexual, evitando cualquier conducta que implique contacto físico íntimo, besarse o desnudarse.
  • Como consecuencia de la prohibición del castigo físico, también están prohibidas las novatadas o juegos que impliquen actos vejatorios, denigrantes o sexistas.
  • Se informará y pedirá autorización materna/paterna firmada, siempre que se realicen salidas, convivencias, excursiones, campamentos y otras actividades que supongan que los menores duerman fuera de casa. Se asegurará un número suficiente de acompañantes y se distribuirán las habitaciones por sexos. Los adultos no compartirán habitación u otro tipo de estancia con adolescentes o niños y en las convivencias, acampadas y viajes. Siendo recomendable invitar a participar a algunos padres, incluso con una presencia activa.
  • Se respetará la intimidad de las duchas, cuartos de aseo y vestuarios cuando estén siendo utilizados por los menores. En caso de tener que entrar, siempre por una razón justificada, es conveniente que entren dos adultos del mismo sexo que los menores. También se recomienda respetar la distancia personal mientras se permanezca en la estancia.
  • Cuando las actividades académicas y/o pastorales requieran la comunicación o el encuentro fuera del contexto habitual, ya sean presenciales, correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales u otro canal ajeno a los oficiales del centro, parroquia o grupo, se implementarán mecanismos de control parental. Además, siempre que se utilice alguno de estos medios para convocar o coordinar actividades, los padres deben recibir los mensajes.
  • Es motivo inmediato de cese en la actividad pastoral o educativa cualquier relación sentimental, consentida o no, de un adulto con menores de edad (niños, preadolescentes y/o adolescentes).
  • Los sentimientos de afecto o enamoramiento hacia sacerdotes, catequistas, profesores o monitores, a menudo, responden a la consideración del adulto como un ídolo. El adulto ha de tener conciencia y saber que siempre serán responsabilidad suya, las situaciones derivadas de esas percepciones y sentimientos; por lo tanto, bajo ninguna circunstancia debe corresponder o insinuarse, de manera que establezca, de forma inequívoca y efectiva unos límites adecuados de comportamiento, relación y aprecio hacia los menores.
  • No se realizarán tomas privadas de imágenes de niñas, niños y adolescentes. Siempre que se hagan durante el desarrollo de actividades educativas, lúdicas y/o pastorales se tomarán, a ser posible, con dispositivos técnicos de la parroquia o centro educativo. Los padres consentirán expresamente por escrito la toma y uso de imágenes, siendo responsable de su custodia y uso la parroquia o centro diocesano que realice la actividad.

Cuando, durante el desarrollo de una actividad, se vulnere alguna de estas normas, la persona responsable de actividad (sacerdote, director de centro, monitor,…) y, en su caso, la propia Diócesis actuará con rapidez y diligencia, pudiendo ir dicha actuación en función de su gravedad, desde la observación del suceso y la sugerencia de mejora, a la amonestación, apertura de expediente, alejamiento de la actividad educativa, pastoral o ministerial, despido y comunicación a las autoridades civiles en los casos más graves.

Para consultar o iniciar la tramitación de una denuncia por un posible abuso sexual a un menor de edad o persona vulnerable en la Archidiócesis de Sevilla puede solicitar una cita previa con la directora de la Oficina

Tel: +34 639 30 77 32
E-mail:  proteccionmenores@archisevilla.org

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