Decreto con motivo del Día de San José

Decreto de Mons. Juan José Asenjo Pelegrina en el que mantiene el precepto de dicha Solemnidad.

El próximo dia 19 de marzo celebraremos la solemnidad de San José, fiesta de precepto en el calendario católico y día laborable en nuestra Comunidad autónoma andaluza. En consecuencia, y para conocimiento de los fieles, procede dar, por el presente Decreto, las siguientes normas:

1. Se mantiene el precepto de dicha Solemnidad, con obligación de participar en la celebración de la Eucaristía.

2. Se dispensa de la obligación del descanso a aquellos fieles que por sus compromisos laborables no puedan hacerlo.

3. Se ruega a los párrocos y rectores de iglesias que informen a los fieles con antelación de estas decisiones y acomoden en lo posible los horarios de misas a las posibilidades y necesidades de los fieles.

4. La celebración del Día del Seminario, con la correspondiente colecta, se hara en las Eucaristías del fin de semana del 20 y 21 de marzo.

5. Respecto a la celebración después de la hora nona del dia 18 de marzo, de acuerdo con las indicaciones del Calendario Litúrgico Pastoral de la Conferencia Episcopal Española, se celebrará misa vespertina de la Solemnidad de San José.

Dado en Sevilla, a veintitrés de febrero de dos mil diez.

Fdo: Juan José Asenjo Pelegrina, Arzobispo de Sevilla.

Doy fe: Carlos M. González Santillana, Secretario General y Canciller.

Prot. Nº. 440/10."

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