El próximo lunes 3 de noviembre se celebra la reunión de principios de curso del Colegio de Arciprestes en el Obispado de Huelva.
Dicho Colegio lo componen el Obispo, los Vicarios Episcopales y los distintos Arciprestes: D. Santiago Santaolalla Martínez, arcipreste del Andévalo, D. Juan Luis Vázquez Moreno, arcipreste de la Mina, D. Victoriano A. Solís García, arcipreste del Condado Occidental, D. José Silvestre González Suárez, arcipreste del Condado Oriental, D. Feliciano Fernández Sousa, arcipreste de la Costa, D. Manuel Salazar Monge, arcipreste de Huelva capital y periferia, D. Demetrio López Santos, arcipreste de la Sierra Oriental, quedando vacante el arciprestazgo de la Sierra Occidental, actualmente en elecciones, debido al cambio de destino del anterior arcipreste, D. Andrés Vázquez Martínez, que ha pasado a ser Formador del Seminario Diocesano.
En la Diócesis de Huelva, desde su fundación, los arciprestazgos han ido evolucionando conforme a las normas del derecho. Más que una manera de organizarse territorialmente, los arciprestazgos son ámbitos privilegiados para vivir la fraternidad sacerdotal, expresar la comunión eclesial y promover y coordinar la acción pastoral.
El Arcipreste es el sacerdote designado por el Obispo para ejercer, en estrecha colaboración con él y con los agentes pastorales del Arciprestazgo, un oficio pastoral de índole territorial, en el ámbito del Arciprestazgo. El Arcipreste es nombrado por el Obispo diocesano, después de oír, según su prudente juicio, a los sacerdotes que ejercen el ministerio en el Arciprestazgo. Entre sus funciones se encuentra: procurar que la estructura y dinámica del Arciprestazgo sean lo más eficaces posible en orden a conseguir los fines que se pretenden con ellas, coordinando, animando y promoviendo la actividad pastoral común; atender, junto con el Delegado Diocesano del Clero, a los sacerdotes de su Arciprestazgo , de modo especial para que: el apoyo humano y la fraternidad sacerdotal sean prioridades en sus relaciones; procurar que las acciones litúrgicas y cultuales se celebren según las prescripciones del derecho, se cuide el decoro de las iglesias, objetos y ornamentos sagrados; procurar que se cumplimenten y guarden convenientemente los libros parroquiales, se administren con diligencia los bienes eclesiásticos y se conserve con decoro la casa parroquial; convocar y presidir las reuniones arciprestales…