SEVILLA. NUEVO ESTATUTO DE LA CURIA DIOCESANA

ODISUR
ODISURhttps://odisur.es
Oficina de información de los Obispos del Sur de España

SEVILLA. 30/06/05 . – El cardenal arzobispo de Sevilla, mons. Carlos Amigo Vallejo, aprobó en el día de la solemnidad de los santos apóstoles Pedro y Pablo, el nuevo Estatuto de la Curia Diocesana de Sevilla, que regirá en lo sucesivo su organización y funcionamiento.


El nuevo Estatuto de la Curia Diocesana de Sevilla intenta resaltar el hecho de que toda la actividad desarrollada en el ámbito de la Curia, a cualquier nivel y cualquier grado de responsabilidad, es siempre pastoral por su propia naturaleza, es decir, orientada hacia la realización del misterio de salvación por medio de la Iglesia de Cristo que peregrina en Sevilla.


Reorganización de los servicios pastorales y administrativos


Para ello, se han reestructurado los servicios pastorales, creándose nuevos instrumentos de coordinación, la cual queda encomendada de un modo directo al vicario general y moderador de la Curia. Por lo que hace a los servicios administrativos, estos han sido reorganizados en tres grandes áreas: Administración Diocesana; Secretaría General y Cancillería; y el Departamento de Asuntos Jurídicos, de nueva creación. Una de las secciones de este Departamento, la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, es la competente para resolver dichos asuntos, que hasta el momento dependían de manera inmediata del vicario general.


Este importante elemento de la legislación particular de la Diócesis, que será publicado en el próximo Boletín Oficial del Arzobispado de Sevilla, entrará en vigor al inicio del próximo año pastoral, el próximo 1 de septiembre.


Como cabeza y pastor de la Iglesia de Sevilla, el cardenal es el máximo responsable de la dirección y coordinación general del gobierno de la Diócesis y de que éste sea ordenado del modo más eficaz al bien de la porción del Pueblo de Dios que le está encomendada. Para llevar a cabo dicha misión episcopal es necesaria la ayuda distintos organismos y personas que colaboren con él, principalmente en la dirección de la actividad pastoral, en la administración de la Diócesis y en el ejercicio de la potestad judicial. Dichos organismos y personas constituyen la Curia diocesana (c. 469 CIC).

 

 

Contenido relacionado

Enlaces de interés