Aumenta la devolución de Hacienda con nuestro donativo a las parroquias en el IRPF  

Podremos desgravarnos un 80% en los primeros 250 euros, y a partir de esa cifra otro 40%. Una opción cómoda y sencilla es la suscripción mensual o anual, lo que permite contribuir en el sostenimiento de dicha parroquia, colaborando más con el mismo dinero al tener más ventajas para el contribuyente.

Hoy 1 de julio concluye el plazo establecido por la Agencia Tributaria para presentar las Declaraciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este Impuesto figuran también las desgravaciones fiscales a las que es posible acogerse si durante el ejercicio se han realizado donativos, entre otros a la Iglesia.

De cara a la próxima Declaración de la Renta es posible desgravarse mayor porcentaje en nuestros donativos, una devolución que se verá aumentada, al mismo tiempo que colaboramos con el mismo dinero con nuestras parroquias, en su sostenimiento y acción pastoral y caritativa. Así está establecido en la nueva ley de mecenazgo en vigor desde el 19 de diciembre de 2023.

DESGRAVACIONES DEL 80% EN DONACIONES DE 250 EUROS

Así, desde este año, nuestros donativos desgravarán un 80% en los primeros 250 euros, incrementándose así el porcentaje que se aplica y que se nos devolverá en nuestro Impuesto. De igual modo, los donativos a partir de 251 euros tendrán un 40% de desgravación, que, en el caso de ser un donativo recurrente -es decir, la misma cantidad de dinero o superior que se aporta al año en los dos ejercicios anteriores- se aplica un 45%. Esto significa que de nuestro donativo hasta 250 euros anuales a las parroquias nos devuelven el 80% en el Impuesto IRPF y a partir de esa cantidad además se devuelve el 40% o 45%, en caso éste último de ser recurrente.

Nuestros donativos desgravarán un 80% en los primeros 250 euros, incrementándose así el porcentaje que se aplica y que se nos devolverá en nuestro Impuesto.

Los donativos a partir de 251 euros tendrán un 40% de desgravación, que, en el caso de ser un donativo recurrente -es decir, la misma cantidad de dinero o superior que se aporta al año en los dos ejercicios anteriores- se aplica un 45%

Este incremento en la desgravación fiscal en nuestro Impuesto de la Renta nos permite aumentar la colaboración en el sostenimiento de la parroquia, contribuyendo aún más con ella con la misma cantidad de dinero o más que veníamos aportando hasta ahora.

 Comunidad parroquial en su templo en la provincia de Granada.

SUSCRIPCIONES PARROQUIALES

Las parroquias son fundamentales para los pueblos, barrios y ciudades de toda España, también de nuestra Archidiócesis. Las donaciones a las parroquias, por pequeñas que sean, ayudan a que la labor de la Iglesia permanezca. Asimismo, el propio Pueblo de Dios contribuye a su sostenimiento, en una tarea de colaboración y responsabilidad junto a dicha parroquia. Encender las luces, la calefacción, la limpieza, la celebración de los sacramentos, la Eucaristía diaria… son acciones que suceden diariamente en nuestras parroquias. Y las donaciones ayudan a que sigan siendo activas en su tarea pastoral, caritativa, social, como casa y lugar de encuentro de todos en torno a Dios, celebrando el Sacramento de Cristo en medio de su pueblo en forma de pan y vino.

Por ello, es recomendable y beneficia a todos las suscripciones mensuales o anuales a nuestra parroquia o a aquellos templos con los que deseemos colaborar a que continúe su presencia. Estas donaciones aumentan asimismo nuestro sentimiento de pertenencia a una comunidad parroquial, formando parte de ella como una familia: la familia de los hijos de Dios, que comparten una misma fe y esperanza cristiana.

La propuesta de suscripciones a las parroquias, con sus correspondientes desgravaciones fiscales anteriormente citadas, no es sólo para cristianos. Está dirigida a todos aquellos que deseen compartirlo.

DONACIONES EN WWW.DONOAMIIGLESIA.ES

Los donativos pueden realizarse a través de internet en la web www.donoamiiglesia.es . E incluso, es posible hacer dichos donativos, no sólo como personas físicas, sino también jurídicas. Hay más información en dicha web, así como en el Arzobispado de Granada, en el Departamento de Administración (Plaza Alonso Cano. Curia Metropolitana, en el teléfono 958-21-63-23). Quienes hagan donativos a la Iglesia recibirán su certificado correspondiente para dichas desgravaciones fiscales en el Impuesto del IRPF.

Los donativos a través de la web www.donoaiiglesia.es pueden hacerse directamente a la parroquia o a la Diócesis, así como a los Seminarios o a otras instituciones diocesanas.

INFORMACIÓN SOBRE LAS DESGRAVACIONES FISCALES

VER WWW.DONOAMIIGLESIA.ES

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