“Afrontamos los procesos de nulidades matrimoniales con la mayor caridad y acogida”

Entrevista al Vicario Judicial del Tribunal Metropolitano Eclesiástico de Granada, D. Sebastián Sánchez Maldonado, con motivo del X Simposio de Derecho Matrimonial y Procesal Canónico que se celebra esta semana en Granada.

Vicarios judiciales, notarios, miembros de Tribunales Eclesiásticos, abogados, peritos y psicólogos se reúnen esta semana en el X Simposio de Derecho Matrimonial y Procesal Canónico, que organiza en nuestra Diócesis de Granada el Tribunal Metropolitano (C/ Gracia), dedicado la nueva forma de actuación judicial de la Iglesia en relación a las nulidades matrimoniales.

Entrevista al Vicario Judicial del Tribunal Metropolitano Eclesiástico de Granada, D. Sebastián Sánchez Maldonado.

D. Sebastián, háblenos del Simposio. ¿Cómo afrontan esta nueva edición?
Hay dos clases de personas que asisten al Simposio: como ponentes, que también vienen como oyentes, y los que asisten para aprender y que les sirva en sus despachos. De los que asisten al Simposio se encuentran Vicarios Judiciales, jueces de los Tribunales Eclesiásticos, abogados, miembros de Tribunales, psicólogos, a quienes les interesan estos temas para los informes periciales en las causas de nulidad matrimonial, y otras personas que tengan curiosidad por asistir. En cuanto a las personas ponentes, primero estuvieron los Vicarios Judiciales de la Provincia Eclesiástica de Granada. Después, empezamos a abrir y este año tenemos hasta Portugal, Italia, y de España también varios ponentes.

El Simposio se titula “Nulidad matrimonial. La nueva actuación judicial de la Iglesia”. ¿En qué sentido la nulidad matrimonial es la “nueva actuación judicial de la Iglesia”?
La Iglesia, a lo largo de la historia, ha tenido bastantes modificaciones en la manera de tratar las nulidades eclesiásticas del matrimonio. Las ha tenido en las decretales antiguas. Vinieron algunas reformas con la “Provida mater”. Tuvimos una reforma pequeña en el Código anterior, y en el 83 se publicó el Código actualmente en vigor. De ese Código, había una gran corriente de canonistas que pedíamos que se modificaran las normas, que se hiciera más fácil el proceso. La nulidad no se ha modificado. Lo que se llama “nuevo” es la manera de tratar los casos de nulidad, que antes se trataban con más estrechez y ahora hay un margen de más confianza, más humano, más asequible a las personas, se tiene más en cuenta la confesión judicial de las partes, se tiene más en cuenta el problema que se le plantea a cualquier matrimonio que se encuentra en dificultad. Por eso se llama “nueva”, porque ha modificado los cánones especiales que había antes para la nulidad del matrimonio y lo deja mucho más simple. Esa es la “nueva actuación” de la Iglesia en relación a las nulidades.

¿Qué es una nulidad matrimonial?
Es confirmar que ese matrimonio no ha existido nunca. Tiene las apariencias de matrimonio porque se celebró en la Iglesia, ante un ministro sagrado, ante unos testigos; se celebró con todos los requisitos externos del matrimonio, pero ahí en ese matrimonio había alguna dificultad, o bien porque había algunos impedimentos o bien porque había alguna deficiencia en cuanto a la emisión del consentimiento, o porque había una incapacidad de la persona de poder cumplir con las obligaciones del matrimonio.

Y si una persona quiere emprender un proceso de nulidad matrimonial, ¿qué debe hacer?
Acudir a un Tribunal Eclesiástico de su Diócesis. Consultar con algún miembro del Tribunal, o con el Vicario Judicial. Porque éste es un tema muy especializado y no lo comprende todo el mundo. Lo mejor es ir al Tribunal y consultar. En caso de que no tengan medios o no tengan facilidad para acceder a un abogado se les nombra un abogado del Tribunal.

El Simposio de qué modo puede ser una ayuda para los Tribunales Eclesiásticos.
Estas reuniones del Simposio siempre son mucha ayuda para los Tribunales Eclesiásticos y, sobre todo, para quienes quieren trabajar en ellos, porque en el Simposio se tratan temas que una persona no las puede averiguar y se les da el resumen de ese tema. Una ponencia del Simposio comprende cualquier aspecto de las nulidades matrimoniales, que se explican brevemente a las partes, y luego se les va a entregar en un libro al abogado, juez o notario. Es una ayuda para todos los canonistas.

El Papa Francisco publicó una Carta Apostólica en forma de Motu Proprio sobre la reforma del proceso canónico para las causas de nulidad matrimonial en el Código de Derecho Canónico. ¿Que novedades trae este Motu Proprio al trabajo que hacen desde los Tribunales Eclesiásticos?
Este Motu Proprio ha sido una bendición de la Iglesia para los fieles, porque ha venido a abreviar los procesos y a facilitarlos, en el sentido de las normas y pasos a seguir para reconocer una nulidad. Se tienen en cuenta muchos más aspectos para que sea más sencilla la tramitación del proceso. Ahora se reduce prácticamente a tres clases de procesos canónico de nulidad. El primero es el ordinario: viene una persona, presenta la demanda, se tramita. Pero ahora está hecha de tal manera que en vez de durar 15 o 20 meses, dura 6 u 8 meses. Se abrevia con la reforma del Papa. No hay que ir a segunda instancia. Antes todas las sentencias de nulidad afirmativas tenían que ir obligatoriamente a la segunda instancia, y ya no hay que ir. Por lo tanto, nos evitamos bastantes meses en la tramitación de ese proceso.

Hay otro proceso, que se llama “abreviado”, que consiste en que si las dos partes están de acuerdo en pedir la nulidad por los mismos capítulos y por las mismas razones ese proceso se tramita ante el obispo de la Diócesis. El instructor recoge las pruebas que aportan las partes, se las entrega al obispo y éste hace la sentencia brevemente. Este proceso, del que ya llevamos en Granada cinco, viene durando unos dos meses.

Y hay otro proceso, que lo vamos a tratar este año, que es el proceso “documental”, en el que se demuestra que había un impedimento o que había una simulación y se demuestra fácilmente, por ejemplo el caso de unos primos hermanos. Se demostró que eran primos hermanos y se declaró la nulidad. Hubo que ir a la Rota. Ahora, en ese caso no hay que ir a la Rota. Eso se hubiese tramitado pidiendo las partidas de nacimiento.

La nulidad del vínculo matrimonial entre hombre y mujer es uno de los procesos más dolorosos al que hace frente una persona. Cuál es la tarea pastoral de la Iglesia en estos casos.
No es ruptura del vínculo matrimonial, porque no existe el vínculo. Si no existe el vínculo, no se rompe. En los Tribunales es de las cosas peores que pueden pasar porque cualquier matrimonio lo hace con ilusión, se casan con ilusión, pensando estar casados toda su vida, formar una familia. Esa ilusión ha fracasado, se hunde. Sabemos que este proceso de la Iglesia es de los más duros. Es un proceso medicinal, algo curativo, se puede decir quirúrgico porque hay que cortar una relación que existió y parecía que iba a ir bien. Eso, en la Iglesia, procuramos hacerlo con la mayor caridad, con la mayor acogida, con el mayor beneficio.

Paqui Pallarés

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