Templos jubilares

Diócesis de Córdoba
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La diócesis de Córdoba comprende la provincia de Córdoba, en la comunidad autónoma de Andalucía y es sufragánea de la archidiócesis de Sevilla.

Lugares donde se podrá alcanzar el jubileo de la misericordia.

El Obispo ha dado a conocer los lugares donde los fieles podrán lucrar la Indulgencia plenaria en el Año de la Misericordia. Un jubileo que se iniciará el próximo mes de diciembre.

El próximo mes de diciembre, desde el día 8 hasta el 20 de noviembre de 2016, viviremos el Año de la Misericordia, convocado por el Papa Francisco. Un jubileo que ya se está preparando en la Diócesis y que se iniciará en Córdoba con la apertura de la Puerta Santa de la Catedral, el día 13 de diciembre.

Además, el Año jubilar, tal y como expresa el Obispo en su Decreto, «ofrece a todos la oportunidad de recorrer un camino para el fortalecimiento de la fe, la renovación de la vida cristiana y crecimiento en la aspiración a la santidad de vida». «Será una ocasión propicia para acercarse al sacramento del perdón mejor preparados y con mayor provecho», afirma el prelado.

Tras esto, ha dado a conocer los templos en los que se podrá alcanzar la Indulgencia plenaria:

– La Santa Iglesia Catedral

– La Basílica Pontificia de San Juan de Ávila en Montilla.

– Los lugares de la Diócesis donde se celebre la Gran Misión Juvenil, acogiendo los símbolos de la Cruz de los jóvenes, el icono de María Santísima y la imagen de San Juan Pablo II.

– Ante las imágenes de Ntra. Sra. la Virgen de la Sierra en Cabra, María Santísima de Araceli en Lucena, la Virgen de Luna en su santuario y en sus estaciones de Pozoblanco y Villanueva de Córdoba, Ntra. Sra. de Belén en Palma del Río y en Ntra. Sra. de la Estrella de Villa del Río.

– En todas las parroquias durante el tiempo Cuaresma y Pascua, además de las fiestas patronales y en los días en que se celebre en ellas la Misión Juvenil.

– En la Iglesia de la Residencia de Jesús Nazareno de Córdoba donde se encuentran las reliquias del Beato Cristóbal de Santa Catalina y en la Iglesia de la casa natal de Santa Rafaela María en Pedro Abad.

– En otros templos de la Diócesis el día de la fiesta de sus titulares; y en aquellos otros que por solicitud de sus párrocos, se considere oportuno concederlo para todo el Año jubilar.

Respecto a las personas mayores, enfermos o impedidos, el Obispo ha indicado que podrán lucrar la Indulgencia plenaria todos los días, si se unen espiritualmente a las celebraciones Jubilares, hacen un acto de aborrecimiento del pecado y tienen la intención de cumplir, lo antes posible, las tres condiciones establecidas, además de ofrecer sus oraciones y padecimientos a Dios misericordioso.

Con fecha 9 de noviembre de 2015, ha publicado además el siguiente decreto:

Decreto_templos_jubilares.pdf

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