Es una de las preguntas más sonadas en el seno de las hermandades y cofradías. Conocer algunas de las cualidades exigibles a un Hermano/a Mayor resulta esencial para presentar una candidatura
Una de las características más usuales en el mundo de las hermandades y cofradías es que, al ser tan numerosas, siempre hay alguna en puertas de un proceso electoral. Pero, ¿qué importancia tienen las elecciones en una hermandad y qué pautas debe seguir para elegir quién será el candidato a Hermano/a Mayor? Es una de las preguntas más repetidas, porque no todo el mundo reúne las cualidades mínimas necesarias para dirigir una hermandad, aunque cumpla los requisitos formales que determinen, en su caso, las Reglas. No basta con ser muy antiguo en la hermandad, tener mucha devoción a los titulares o ser alguien de gran relevancia.
Supone un honor para un cofrade llegar al más alto cargo en una Cofradía y el nombramiento de un Hermano/a Mayor surge por cumplir las normas establecidas en el Estatuto de la Cofradías. Celebrar elecciones en el momento preciso, recibir el visto bueno del capellán o consiliario y la debida autorización, así como la aprobación del Obispado, es esencial. Pero, ¿se conocen los requisitos previos a esto para ser Hermano/a Mayor?
Según el Estatuto Marco Diocesano de Hermandades y Cofradías de la diócesis de Córdoba, concretamente el artículo 15 del mismo, “cada cuatro años se celebrará Asamblea General de elecciones, que deberá convocarse al menos con un mes de antelación” y podrán presentarse a esta elección todos los hermanos que lo deseen y que cumplan los requisitos que se exigen para ser miembro de la Junta de Gobierno y ser avalada la candidatura por diez hermanos con plenos derechos como mínimo.
Entre esos requisitos se encuentran “ser miembro con plenos derechos de la Hermandad del que conste que servirá a la misma con adecuada capacidad y con sentido cristiano y eclesial”, así como “no ejercer cargo de dirección en partido político o asociaciones análogas o de autoridad política ejecutiva nacional, autonómica, provincial o local”.
A diferencia con los miembros de una Junta de Gobierno, el Hermano/a Mayor sí podrá ser elegido por un periodo de cuatro años y ser reelegido otros cuatros años más de forma consecutiva. Los que integran la Junta, no pueden ser reelegidos en los mismos cargos más de una vez sucesiva.
Si se da el caso de que sea más de un candidato quien ostente al cargo de Hermano Mayor, en caso de haber empate en el resultado de la votación, será Hermano/a Mayor aquel que tenga una mayor antigüedad ininterrumpida en la Hermandad. Si en esta se produce un nuevo empate, obtendrá el puesto el candidato de mayor edad.
Otras notas importantes
Cada hermandad, necesita de un Hermano/a Mayor con unas características determinadas, según en el momento en el que se encuentre. Entre ellas, resulta fundamental que la persona tenga conocimientos básicos de organización, de trabajo en equipo, control presupuestario y planificación estratégica, así como una visión de futuro innovadora, que sea capaz de distinguir entre lo permanente, lo que es “tradición” en la hermandad y esencia de la misma, de lo que se ha quedado obsoleto. Igualmente, ser capaz de tomas las decisiones oportunas y tener una formación doctrinal suficiente para dirigir una Asociación Pública de Fieles de la Iglesia Católica.
Cabe destacar además la ejemplariedad, ya que un Hermano/a Mayor no se circunscribe al ámbito exclusivamente cofrade, sino que abarca toda su vida. Debe ser el espejo en el que miren todos los hermanos y su formación ha de ser permanente.
Asimismo, es necesaria la responsabilidad y la humildad para asumir el cargo. En relación con las funciones, derechos y obligaciones de un Hermano/a Mayor, es necesario que la persona tenga conciencia de su obligación a participar en los actos que organiza la Cofradía, a fomentar el culto en honor a sus Sagrados Titulares, a promover todos los fines de la Hermandad y cuidar de su cumplimiento, a apoyar a los hermanos para que se formen en el apostolado propio de los laicos, a cuidar de la Cofradía en sus actuaciones, a colaborar con la parroquia y la Diócesis y a convocar en tiempo y hora a su Junta de Gobierno.
En definitiva, el Hermano/a Mayor tiene el privilegio de poder gestionar las Hermandades durante un periodo de tiempo, sirviendo con lealtad y siendo el primer cumplidor de las normas de la Hermandad y Cofradía.
La entrada ¿Quién puede ser Hermano/a Mayor? apareció primero en Diócesis de Córdoba. Ver este artículo en la web de la diócesis