El Obispo de Córdoba, monseñor Demetrio Fernández González, ha dictado la primera sentencia de declaración de nulidad de matrimonio en la diócesis de Córdoba por el proceso más breve introducido por el papa Francisco mediante el Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus.
La causa se ha tramitado en tres meses porque la petición ha sido propuesta por uno de los cónyuges con el consentimiento explícito del otro y concurrían circunstancias de las personas y de los hechos, sostenidas por testimonios o documentos, que no requerían una investigación o una instrucción más precisa, y de esta forma, hacían manifiesta la nulidad (c. 1683 CIC).
Este tipo de proceso de carácter extraordinario permite resolver las causas de declaración de nulidad de matrimonio de forma más expedita, con una implicación directa del obispo que, en este caso, estudia las actas del proceso y, si alcanza la certeza moral sobre la nulidad del matrimonio, emite la sentencia final.
En cuanto a las costas, se reducen significativamente a 300€, más los honorarios del abogado. Además existe un sistema de reducción que, dependiendo de la situación económica del cónyuge, puede alcanzar la exención total cuando los ingresos mensuales no superan el salario mínimo interprofesional.
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