Nuevo ecónomo en la Diócesis de Córdoba

Diócesis de Córdoba
Diócesis de Córdobahttps://www.diocesisdecordoba.com/
La diócesis de Córdoba comprende la provincia de Córdoba, en la comunidad autónoma de Andalucía y es sufragánea de la archidiócesis de Sevilla.

D. José Luis Vidal Soler fue nombrado ecónomo de la Diócesis por el Obispo el 16 de abril. D. José Luís Vidal Soler desempeñaba el cargo de Vice-ecónomo desde el 24 de junio de 2006. Sustituye en el cargo a D. Fernando Cruz-Conde y Suárez de Tangil, quien continúa desempeñando las tareas de Vicario Episcopal de Economía, Fundaciones y Patrimonio Cultural.

Jose Luis Vidal es actualmente portavoz de la Campaña Por Tantos  en la Diócesis de Córdoba.

Miembro de la Curia diocesana desde junio de 1998, Vidal Soler desempeña además las tareas de Notario de la Curia y es miembro de la Asesoría Jurídica de la Diócesis de Córdoba.

Licenciado en Derecho por la Universidad de Córdoba (1994). Master en Asesoramiento Jurídico, Fiscal y Contable (2000-2001), impartido por la Cámara de Comercio de Córdoba. Ha realizado los Cursos de Doctorado impartidos en el Área de Economía Aplicada de la Facultad de Derecho de Córdoba, bienio 1996-1998. Colaborador Honorario del Departamento de Instituciones Jurídicas Públicas y Privadas, de la Facultad de Derecho de Córdoba, durante los cursos académicos 1996-1997 y 1997-1998

El ecónomo diocesano tiene la tarea específica de administrar los bienes de la diócesis bajo la autoridad del Obispo, llevando a cabo todas las actividades encaminadas a que los bienes eclesiásticos cumplan las finalidades de la persona jurídica a que pertenecen. Es el gestor que realiza la política económica de la Diócesis, fijada por el Consejo Diocesano para Asuntos Económicos presidido por el Obispo.

Las competencias del ecónomo diocesano, recogidas en el capítulo tercero de los Estatutos de la Curia de la Diócesis de Córdoba, conforme al derecho general de la Iglesia, son:

1. Administrar los bienes de la persona jurídica "diócesis", bajo la autoridad del Obispo y de acuerdo con el modo determinado por el Consejo de Asuntos Económicos.
2. Hacer los gastos que ordenen legítimamente el Obispo o quienes hayan sido encargados por él con los ingresos propios de la Diócesis; garantizando, en cualquier caso, la unidad directiva en los gastos de la Diócesis.
3. Rendir cuentas anuales de los ingresos y gastos – entendida en sentido amplio: cuenta de resultados, balance, patrimonio…- al Consejo de Asuntos Económicos.
4. La administración de la Caja Diocesana de Compensación y de la Obra Pía Fundación “San Juan de Ávila” para la sustentación del Clero, conforme a los estatutos de las mismas
5. Por encargo del Obispo, vigilar diligentemente la administración de todos los bienes pertenecientes a las personas jurídicas que le están sujetas. Gozará de la facultad de visitar a las personas jurídicas públicas sujetas al obispo diocesano, de inspeccionarlas y de exigirles la rendición de cuentas que, periódicamente, deben presentar a su ordinario.
6. El Obispo diocesano también le puede encargar la tarea de intervención en la administración de cualquier ente eclesiástico a él sujeto en caso de negligencia de los administradores, y confiarle el encargo de buscar personas idóneas para la administración de los bienes de las personas jurídicas en cuestión.

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