Se abre el proceso de un posible milagro de la Hermana Cristina de Jesús Sacramentado

Diócesis de Cádiz-Ceuta
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La diócesis de Cádiz y Ceuta es el resultado de la unión de la Gadicensis y Septensis bajo un único obispo titular, proceso que se inició en 1857 y culminó en 1933. Es sufragánea de la Archidiócesis de Sevilla y no tiene enclaves territoriales en otras diócesis ni de otras en su demarcación.

La causa para la canonización de la Hermana Cristina, monja carmelita descalza, cuyo proceso de santidad se encuentra en estudio por el Dicasterio para las Causas de los Santos, en la Santa Sede, sigue dando pasos adelante. Roma ha aprobado la investigación de un posible milagro atribuido a la religiosa del monasterio de la Santísima Trinidad, en San Fernando, y ha ordenado la apertura del proceso canónico correspondiente, que comienza ahora con su fase diocesana.

Concretamente, en el día de ayer, 29 de enero, el Vicepostulador de la Orden de los Carmelitas Descalzos, Fr. Luis David Pérez, O.C.D, presentó y entregó al Pro-vicario General y Vicario Judicial, P. Pedro Velo, la solicitud de apertura del proceso de presunto milagro atribuido a la intercesión de la Hna. Cristina de Jesús Sacramentado.

En cuanto al posible milagro que termine impulsando la beatificación de la Hermana Cristina se mantiene absoluta reserva por el momento. Ahora, tal y como establece el Dicasterio de las Causas de los Santos, el proceso sobre el milagro comienza con su fase diocesana en la que el vicepostulador debe reunir todas las pruebas documentales e instrumentales, respetando las leyes civiles locales relativas a la privacidad de las personas implicadas, especialmente si son menores.

Antes de que el proceso se derive a Roma, Fr. Luis David Pérez debe presentar al obispo diocesano lo que se llama el «libelo de demanda», que incluye una cronología detallada del caso, todas las pruebas documentales e instrumentales relativas al posible milagro, la lista de los testigos oculares y otras personas que puedan dar testimonio de lo sucedido, especialmente los médicos que atendieron a la persona sanada, el personal médico-sanitario en el caso de las curaciones, o eventuales figuras técnicas en otros casos, así como aquellos que hayan invocado al beato o al siervo de Dios cuya causa se promueve.

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