Prot. 03/20/25
Corresponde exclusivamente al Obispo diocesano erigir, suprimir o cambiar las Parroquias, pero no las erija, suprima o cambie notablemente sin haber oído al Consejo presbiteral (c. 515 82).
Para mejor atención pastoral de los fieles, así como para devolver el valor histórico que el Templo de San Marcos tiene en la ciudad de Jerez de la Frontera, en uso de mi jurisdicción ordinaria, y una vez oído el Consejo del Presbiterio, DECRETO la erección de la PARROQUIA DE SAN MARCOS, que comprenderá las siguientes calles: Almenillas. Pasaje Ángel Saen Roldán, Besantes, Catalanes, Escuelas, Francos (nn. 27-43), Gaitán, Gibraleón, Jaramago, Juana de Dios Lacoste (nn. 7 ss), Alameda Marqués de Casa Domecq (nn. Impares), Monjas Victoria, Padre Rego, Paz, Por-Vera, San José, San Juan de Dios, San Juan Grande y San Marcos; así como las Plazas Clavo, Compañía, Horno, Nuestro Padre Jesús de la Sagrada Cena, Salvador Allende y San Marcos.
Para que así conste, lo firmo y sello con refrendo del Secretario General-Canciller de este Obispado en Jerez de la Frontera a 26 de marzo de 2025.
+José Rico Pavés
Obispo de Asidonia-Jerez
Luis Salado de la Riva, pbro.
Secretario General-Canciller
La entrada Decreto de erección Parroquia de San Marcos se publicó primero en Diócesis Asidonia – Jerez.