DECRETO
A TENOR DE LO DISPUESTO:
1. El Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administracion de Justicia, en su artículo 1, que declara hábiles los días 11 al 31 de agosto de 2020, excepto sábados, domingos y festivos.
2. Nuestro comunicado de fecha 20 de abril de 2020 de reanudación de la actividad procesal en nuestro Tribunal Eclesiástico.
3. Las Nuevas medidas de Protocolo interno ante la crisis del coronavirus, a tenor de lo señalada por el Ilmo. Sr. Vicario General y Moderador de la Curia.
DECRETAMOS:
1. La canonización de la ley civil en este caso a tenor del c. 22 CIC, de modo que rigen también en este Tribunal tales disposiciones, por lo que se declaran de igual modo como días hábiles los comprendidos entre el periodo 11 al 31 de agosto de 2020, ambos inclusive, excepto los sábados, domingos y festivos, siendo inhábiles a todos los efectos los restantes días del mes de agosto.
2. La prórroga del procedimiento de presentación telemática de escritos con firma digital de Letrados y Peritos a través de correo electrónico o también postal, excepto escritos de demanda, hasta nueva orden.
3. La apertura de este Tribunal Eclesiástico del 3 al 7 de agosto de 2020, ambos inclusive, y del 24 al 31 de agosto, ambos inclusive, en horario de 8:00 a 14:00 horas siguiendo la regulación de esta curia diocesana. El resto de días del mes de agosto permanecerá cerrado.
Jaén, 29 de julio de 2020