Mediante decreto del pasado 14 de septiembre, la Penitenciaría Apostólica ha determinado las ocasiones en las que, verdaderamente arrepentidos y cumplidas las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Santo Padre) puede obtenerse durante el Año de la Fe la indulgencia plenaria de la pena temporal de los propios pecados, aplicado también al sufragio de las almas de fieles difuntos.
Estas ocasiones son, en primer lugar, «la participación en al menos tres momentos de predicación durante las Santas Misiones o, al menos, en tres lecciones sobre los actos del Concilio Vaticano II y sobre los artículos del catecismo de la Iglesia Católica». En segundo lugar, «acudiendo en un día libremente elegido por el fiel, al lugar de su propio bautismo, renovando allí las promesas bautismales»; además, con la «peregrinación a una basílica papal, una catacumba cristiana, una Iglesia catedral o un lugar designado por el Ordinario del Lugar, participando allí en alguna celebración sagrada o, al menos, deteniéndose en un tiempo de recogimiento con piadosas meditaciones, concluyendo con el rezo del Padre Nuestro, la Profesión de Fe, las invocaciones a la Santísima Virgen María o a los Santos Apóstoles o patronos a los que esté dedicado ese lugar». Por último, «participando en los días específicamente determinados por el Ordinario del Lugar, en una solemne celebración eucarística o en la Liturgia de las Horas, añadiendo la profesión de Fe».
En la Archidiócesis de Sevilla, además de la Catedral, el arzobispo ha establecido varios lugares sagrados para lucrar esta indulgencia: Basílicas menores de Ntra. Sra. de la Esperanza, Jesús del Gran Poder, María Auxiliadora y Cristo de la Expiración, en Sevilla; Santuario de Ntra. Sra. de Setefilla, en Lora del Río; parroquia de Santa Cruz, de Écija; Santuario Diocesano de Ntra. Sra. de Consolación, en Utrera; y la Ermita de Ntra. Sra. de Cuatrovitas, en Bollullos de la Mitación.
En este enlace se puede consultar el decreto con las fechas en las que se podrá obtener la indulgencia plenaria en cualquier lugar sagrado de la Archidiócesis.