
El 29 de octubre de 2025, durante el Congreso Ordinario del Dicasterio para las Causas de los Santos, se reconoció la validez jurídica del proceso diocesano en la causa de beatificación de la Sierva de Dios Madre María del Socorro Astorga Liceras (1769-1814), religiosa del Monasterio Jesús María de las Monja Mínima de Archidona. Esto significa que «todo el trabajo realizado en la diócesis –recogida de los testimonios, examen de los escritos, documentación histórica y verificación de la fama de santidad– se ha llevado a cabo de manera correcta y conforme a las normas De la Iglesia», explica el P. Taras, postulador general de la Orden de los Mínimos.
Con este reconocimiento, la causa de Madre Socorro entra plenamente en la fase romana
La “validez jurídica” no se refiere al juicio definitivo sobre la santidad de la sierva de Dios, «sino a la solidez de los actos recogidos. En concreto, Roma reconoce que el tribunal diocesano ha sido constituido de modo regular, que los testigos han sido escuchados según las formas previstas (con juramento y actas auténticas), que los escritos han sido examinados y que toda la documentación ha sido transmitida íntegramente y de manera segura», añade.
Obtenida la validez, el postulador debe pedir al Dicasterio la designación de un relator: «junto con él se redactará la Positio, es decir, el volumen que presentará de manera orgánica y argumentada la vida, las virtudes y la fama de santidad de Madre Socorro, para su posterior examen por parte del Dicasterio. Con este reconocimiento, la causa de Madre Socorro entra plenamente en la fase romana: el material recogido en la diócesis podrá ser estudiado por los peritos y los consultores, para valorar la heroicidad de las virtudes y la consistencia de su fama de santidad. El decreto de validez es, por tanto, un paso fundamental, porque confirma que la base probatoria de la causa es sólida y puede sostener el camino hacia un eventual futuro reconocimiento de su santidad por parte de la Iglesia», concluye el postulador.

