Prot. 03/118/24
305 §1. Todas las asociaciones de fieles están bajo la vigilancia de la autoridad eclesiástica competente, a la que corresponde cuidar de que en ellas se conserve la integridad de la fe y de las costumbres, y evitar que se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica; por tanto, a ella compete el deber y el derecho de visitarlas a tenor del derecho y de los estatutos; y están también bajo el régimen de esa autoridad.
La asociación Privada de Fieles Esposos Misioneros de Proyecto Amor Conyugal, erigida canónicamente en la Diócesis de Málaga, realiza acción apostólica con matrimonios y familias de la Diócesis de Asidonia-Jerez, con el conocimiento y beneplácito de este Obispo Diocesano.
Por el presente Decreto, y en virtud del c. 324 §2, vengo en nombrar y nombro, Rvdo. Sr. D. Antonio Sabido Salguero, Consiliario Diocesano de la Asociación Proyecto Amor Conyugal, por el tiempo de cinco años, instándole al fiel cumplimiento de la misión que le encomiendo.
Y para que surta los efectos oportunos, lo sello y firmo con el refrendo del Secretario General-Canciller, en Jerez de la Frontera, a 15 de noviembre de 2024.
+José Rico Pavés
Obispo de Asidonia-Jerez
Luis Salado de la Riva, pbro.
Secretario General-Canciller
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