Un Viernes Santo con dispensa

Diócesis de Guadix
Diócesis de Guadixhttps://www.diocesisdeguadix.es/
La diócesis de Guadix es una sede episcopal sufragánea de la archidiócesis de Granada, erigida en 1492 y, según la tradición, procedente de la diócesis de Acci, fundada por San Torcuato en el siglo I. Su sede es la catedral de Guadix.

Un Viernes Santo con dispensa

El obispo de Guadix ha publicado un decreto por el que se dispensa de guardar el ayuno y la abstinencia en el Viernes Santo “a todos los fieles a los que no les sea posible observarla sin grave incomodo”. Lo hace Mons. Orozco, como explica en el decreto, por las “particulares caracterís

ticas de la celebración de la Semana Santa en nuestra Diócesis, especialmente por la participación o asistencia a las múltiples procesiones que organizan nuestras Hermandades y Cofradías, hacen difícil a muchos fieles la observancia de la abstinencia y el ayuno “.
Al mismo tiempo, Mons. Orozco anima “a todos los fieles que no puedan abstenerse de la carne y ayunar, a sustituirlas por alguna de las otras prácticas recomendadas por la Conferencia Episcopal Española: «lectura de la Sagrada Escritura, limosna (en la cuantía que cada uno estime en conciencia), otras obras de caridad (visita de enfermos o atribulados), obras de piedad (participación en la Misa, rezo del Rosario, etc.) y mortificaciones corporales»”.

 

Ayuno y abstinencia

En el decreto, que se puede consultar en la web de la diócesis de Guadix, se explica el sentido del ayuno y la abstinencia, que en Cuaresma y Semana Santa tienen una singular importancia: “nos ayuda a recordar y celebrar la Pasión y Muerte de nuestro Señor Jesucristo; además, sirven como penitencia por nuestros pecados que nos dispone mejor para una auténtica conversión”. Por estos motivos “lo ha querido presentar y conservar la Iglesia, a lo largo de los siglos.
Recuerda el obispo que el ayuno y la abstinencia son prácticas que propone la Iglesia para vivir la penitencia y la conversión, al tiempo que recoge en el decreto lo que dice el Código de Derecho Canónico al respecto: “En la Iglesia universal, «son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma» (can. 1250), de manera que «todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo» (can. 1251). La ley de la abstinencia obliga a los fieles «que han cumplido catorce años; la del ayuno a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años» (can. 1252)”.

Antonio Gómez
Delegado diocesano de Mcs. Guadix

Ver este artículo en la web de la diócesis

Contenido relacionado

Comunicado de la diócesis de Guadix ante el fallecimiento del papa Francisco

Guadix. 21 de abril de 2025 Recién conocida la noticia...

Dispensa del ayuno y la abstinencia del Viernes Santo, si no se pueden guardar

El obispo de Guadix ha publicado un decreto por el...

“Damos gracias a Dios por todos los años de pontificado del papa Francisco”: Mons....

Nada más conocerse el fallecimiento del papa Francisco, en la...

Enlaces de interés

ODISUR
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.